Cultura y tradición

Días especiales en Colombia que no son festivos

Cuándo cae el Día de la Madre, del Padre, Amor y Amistad, Halloween y las velitas en Colombia, y por qué ninguno es festivo ni da descanso.

Autor Jose Lara Publicado el 8 de julio de 2026

Familia colombiana de varias generaciones reunida alrededor de la mesa celebrando una fecha especial en casa

El Día de la Madre, el del Padre, Amor y Amistad, San Valentín, Halloween y las velitas son fechas muy conocidas en Colombia, pero ninguna es festivo: nadie tiene derecho a un día libre pago por ellas, porque no están en la lista de festivos que fija la ley. Se celebran, se dan regalos, se reúne a la familia, y al día siguiente (o ese mismo día) se trabaja normal.

La confusión es entendible. Varias de estas fechas tienen tanta fuerza cultural, y hasta una ley con su nombre, que muchos dan por hecho que descansan ese día. No es así. Aquí están las diez más buscadas, con la fecha exacta en que caen este año y el próximo, y la explicación de por qué el calendario laboral las ignora aunque el corazón no.

¿El día de la madre, del padre, amor y amistad… son festivos?

¿Son festivos? No ¿Dan día libre pago? No

Son 10 fechas populares que se celebran pero no descansan. Las que sí dan día libre son los 19 festivos de la Ley 51 de 1983. Ojo: algunas de estas fechas tienen ley propia (Madre, Niñez) y aun así no son festivos.

La lista completa: cuándo cae cada día y si dan descanso

Estas son las diez fechas que más se confunden con festivos en Colombia. La columna de la derecha es la que importa para el bolsillo: en ninguna hay descanso remunerado, es decir, ningún empleador está obligado por ley a darte el día libre pago ni a pagarte recargo si trabajas.

Fechas que parecen festivas pero no dan día libre
DíaCuándo caeEn 2026En 2027¿Da día libre?
San Valentín14 de febrero (fija)sábado 14 de febrerodomingo 14 de febreroNo
Día de la Mujer8 de marzo (fija)domingo 8 de marzolunes 8 de marzoNo
Día del Hombre19 de marzo (fija)jueves 19 de marzoviernes 19 de marzoNo
Día de la Niñezúltimo sábado de abrilsábado 25 de abrilsábado 24 de abrilNo
Día de la Madresegundo domingo de mayodomingo 10 de mayodomingo 9 de mayoNo
Día del Maestro15 de mayo (fija)viernes 15 de mayosábado 15 de mayoNo
Día del Padretercer domingo de juniodomingo 21 de juniodomingo 20 de junioNo
Amor y Amistadtercer sábado de septiembresábado 19 de septiembresábado 18 de septiembreNo
Halloween31 de octubre (fija)sábado 31 de octubredomingo 31 de octubreNo
Velitas7 de diciembre (fija)lunes 7 de diciembremartes 7 de diciembreNo

Por qué no son festivos, aunque algunos tengan su propia ley

En Colombia, un festivo no es cualquier fecha importante. Es un día que una ley declara de descanso obligatorio y remunerado, y esa lista está cerrada: la fija el artículo 1 de la Ley 51 de 1983, la misma norma conocida como Ley Emiliani que además corre algunos festivos al lunes. Son 19 días al año, ni uno más. Puedes ver el listado completo de los festivos colombianos para comprobarlo: ninguna de las diez fechas de este artículo aparece ahí.

Lo curioso es que la falta de festivo no es por falta de ley. Al Día de la Madre lo creó el artículo 4 de la Ley 28 de 1925, que lo declaró fiesta nacional de la Madre y la fijó el segundo domingo de mayo. El Día de la Niñez tiene la suya, la Ley 724 de 2001, que en su artículo 1 lo fijó el último sábado de abril. Pero una cosa es que la ley conmemore una fecha, es decir, que la reconozca y ordene celebrarla, y otra muy distinta que la convierta en día de descanso pago. Ninguna de esas dos leyes toca la jornada laboral: hablan de homenajes, de actividades, de recreación para los niños, nunca de cerrar la oficina.

Ese es el corazón del asunto. Una fecha puede tener siglos de tradición, una ley con su nombre y campañas en todos los almacenes, y seguir siendo un día hábil común y corriente. El descanso solo lo da la ley de festivos, y ella decide por su cuenta, sin importar cuánto se celebre lo demás.

Los que cambian de fecha cada año y los de día fijo

La mitad de estas fechas cae siempre el mismo número, y la otra mitad se mueve. Saber a qué grupo pertenece cada una te ahorra buscar la fecha cada año.

Las fijas son las más fáciles: San Valentín es el 14 de febrero, el Día de la Mujer el 8 de marzo, el Día del Hombre el 19 de marzo, el Día del Maestro el 15 de mayo, Halloween el 31 de octubre y las velitas el 7 de diciembre. Cada una tiene su raíz. El Día del Hombre en Colombia se celebra el 19 de marzo por San José, el padre de Jesús, y no el 19 de noviembre del Día Internacional del Hombre que se usa afuera. El del Maestro honra a San Juan Bautista de La Salle, patrono de los educadores, y quedó en el calendario colombiano por un decreto de 1951 como Día del Educador. San Valentín y Halloween, en cambio, llegaron de fuera y se quedaron por la vía comercial, sin ley ni tradición religiosa propia que los sostenga aquí.

Las móviles se calculan con una regla de días de la semana, no con un número, y por eso saltan de fecha cada año. El Día de la Madre es el segundo domingo de mayo. El Día del Padre, el tercer domingo de junio, aunque el gremio de comerciantes suele mover la fecha comercial unos días para acomodar las ventas, algo que despista a más de uno. El Día de la Niñez cae el último sábado de abril, y Amor y Amistad, el tercer sábado de septiembre. Este último es una rareza bien colombiana: mientras casi todo el continente celebra el amor el 14 de febrero, aquí se corrió a septiembre por iniciativa de los comerciantes en los años sesenta, para animar un mes flojo de ventas.

Que casi todas caigan en fin de semana, sábado o domingo, refuerza la ilusión de festivo. Pero el descanso de ese sábado o ese domingo es el que ya tenías, no uno extra que regale la fecha.

Las velitas: la noche del 7 no es festiva, pero el 8 sí

El caso de las velitas merece párrafo aparte, porque es donde más gente se equivoca. La noche del 7 de diciembre, cuando el país se llena de faroles y velas en andenes y ventanas, no es festiva: el 7 es un día hábil normal. Lo que sí es festivo es el 8 de diciembre, día de la Inmaculada Concepción, una de las fechas fijas de la lista oficial que no se traslada al lunes. La tradición de encender las velas la víspera es tan fuerte que muchos la sienten como el día grande, pero legalmente el descanso está en el 8, no en el 7.

Dicho de otro modo, en 2026 trabajas el lunes 7 de diciembre y descansas el martes 8. Es la única de estas diez fechas pegada a un festivo de verdad, y esa cercanía es justo lo que alimenta la confusión.

¿Y cuál es el próximo festivo de verdad?

Ya sabes cuáles no dan descanso. Mira cuánto falta para el próximo día libre real, con su cuenta regresiva.

Ver el próximo festivo →

Preguntas frecuentes

Si el Día de la Madre cae domingo, ¿el lunes es festivo o compensatorio?
No. Al no ser festivo, no genera ningún día compensatorio ni traslado al lunes. El domingo del Día de la Madre es un domingo normal, y el lunes siguiente es un día hábil como cualquier otro.
¿Por qué en Norte de Santander el Día de la Madre a veces cae otro domingo?
Por costumbre regional, en algunas zonas del país esa celebración se corre cuando el segundo domingo de mayo coincide con una jornada electoral, para no cruzar la fiesta con las votaciones. Es un ajuste local de la tradición, no una regla de la ley nacional, que mantiene el segundo domingo de mayo.
¿Me pueden pagar recargo si trabajo el Día del Padre o en Halloween?
No por la fecha en sí. El recargo por trabajo dominical o festivo solo aplica los domingos y los 19 festivos oficiales. Si el Día del Padre cae domingo, cobras el recargo por ser domingo, no por ser Día del Padre; si cae entre semana, es un día hábil sin recargo.
Entonces, ¿cuáles fechas sí me dan el día libre?
Solo los 19 festivos que fija la ley. La norma que los lista y explica cuáles se corren al lunes es la Ley Emiliani, y el año completo con sus fechas está en el calendario de festivos de Colombia.
¿El Día de la Secretaria, del Abuelo o del Idioma también existen sin ser festivos?
Sí. Hay decenas de fechas conmemorativas en el calendario colombiano, muchas con decreto o ley, y casi ninguna da descanso. La regla es la misma: conmemorar no es lo mismo que declarar festivo. Solo la lista de la Ley 51 de 1983 otorga día libre.

Fuentes

  1. Ley 51 de 1983 (lista de los festivos con descanso remunerado, artículo 1; regla de traslado al lunes). Departamento Administrativo de la Función Pública, Gestor Normativo. Ver norma oficial
  2. Ley 28 de 1925 (crea la fiesta nacional de la Madre el segundo domingo de mayo, artículo 4; no establece descanso laboral). Departamento Administrativo de la Función Pública, Gestor Normativo. Ver norma oficial
  3. Ley 724 de 2001 (institucionaliza el Día Nacional de la Niñez y la Recreación el último sábado de abril, artículo 1; conmemoración, no festivo). Departamento Administrativo de la Función Pública, Gestor Normativo. Ver norma oficial

Sobre el autor

Jose Lara

Cofundador de Tus Festivos. Especialista sénior en SEO y desarrollo web, dedicado desde 2020 al posicionamiento de marcas de Colombia, México y Estados Unidos.

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